“Control de alcoholemia, deténgase”. Las Navidades se acercan con una sucesión interminable de cenas de empresas, reuniones familiares, comilonas y excesos etílicos. Y si en estas fechas decides utilizar el vehículo en tus desplazamientos, probablemente termines escuchando esta frase de cuatro palabras que aterra a más de uno. Los controles de alcoholemia te pueden estar esperando a la vuelta de la esquina, y es conveniente que seas prudente si no quieres acabar pasando la noche en comisaría.
Aunque todavía la DGT no ha anunciado nada, es evidente que, al igual que en años anteriores, intensificarán este tipo de pruebas, sabedores de que en este período la gente bebe más de la cuenta y se siente tentada a conducir después de haber ingerido unas cuantas copas. Sobre todo si consideramos que ya en verano se llevó a cabo una destacada campaña de vigilancia y control de alcohol y drogas entre los conductores, en gran parte motivada por los datos reflejados en el informe DRUID 2013. En aquel estudio patrocinado por la DGT se revelaban estadísticas aterradoras como la que señalaban que doce de cada cien conductores presentaban consumos recientes de drogas y/o alcohol al efectuar los tests.
Unos datos para la reflexión
La ingesta de sustancias que merman la capacidad al volante es una lacra que tiene graves consecuencias en la siniestralidad vial. Se estima que cerca de un 25% de los fallecidos en las carreteras europeas estaban relacionados con el alcohol. Y centrándonos directamente en España, de los más de 500 conductores fallecidos en accidente de tráfico, más del 40% habían consumido drogas o alcohol.
Para tratar de controlar este tipo de conductas, en 2014 se reformó la Ley de Seguridad Vial incrementando el montante de este tipo de infracciones y poniendo el foco sobre los conductores reincidentes, que son aquellos que han sido multados por la misma causa en el año inmediatamente anterior. En esos casos, la multa se duplica, pasando de 500 euros a 1.000 euros. Una sanción similar a la que recaerá sobre los sujetos que conduzcan con el doble de tasa de alcohol de la permitida.
El gran problema hasta hace poco residía en la conducción bajo los efectos de las drogas, que no eran detectadas por los alcoholímetros convencionales. La propia DGT es consciente de esa carencia y ha tratado de ponerle freno aumentando exponencialmente las pruebas específicas, llegando incluso a quintuplicarlas si es posible.
El desarrollo normal de una prueba de alcoholemia
Cuando has sido requerido por un agente de la autoridad para realizar un control de alcoholemia, tienes la obligación legal de someterte al mismo. Recuerdo que hace uno años, cuando estudiaba la carrera de derecho, un fiscal que me daba clases de derecho penal nos explicó detalladamente el procedimiento que se seguía, añadiendo algunas opiniones controvertidas que te desvelaré en este artículo.
Lo primero que nos dijo era que negarse a realizar el test suponía un delito de desobediencia, así que bajo ningún concepto había que rechazarla. El agente de la autoridad debe informarte de tus derechos durante la prueba y de la sanción por no aceptarla voluntariamente. Así que cuando te ofrezcan una boquilla esterilizada, tú deberás romper el plástico y situarla en el extremo del etilómetro antes de acercártelo a la boca.
Será por esa boquilla por la que deberás soplar intensamente, manteniendo el soplido hasta que el dispositivo emita una señal de aviso indicando que la prueba ha concluido. Si no se hace correctamente, puede ser necesario repetir el control en varias ocasiones. Y si el policía detecta que el conductor está efectuando mal el soplido deliberadamente, con la intención de truncar la prueba, puede considerarlo como desobediencia. Así que mejor no hacer como el del siguiente vídeo y tomárselo en serio para evitar problemas.
Al obtener los resultados, se pueden producir varias situaciones. La mejor de todas es dar 0,0, ya que te podrás marchar. Pero si la tasa no llega a los 0,25 mg de alcohol en un litro de aire aspirado, el agente puede requerirte una nueva prueba en los quince minutos siguientes, para comprobar si esta sube hasta el límite legal o por el contrario se mantiene o incluso disminuye. Y esto es algo que mucha gente desconoce, así que ten en cuenta que si has bebido algo, todavía te queda por pasar un segundo trago.
La triquiñuela del fiscal
Si en ese primer control de alcoholemia se excede el tope legal, sería necesario confirmar el positivo con un segundo test. Y en este caso era cuando aquel profesor mío de derecho penal opinaba que no era necesario someterse a la segunda prueba. Según él, el deber de soplar ya se había cumplido en la primera ocasión, con lo que no era obligatorio volver a cumplirlo por segunda vez.
La triquiñuela se fundamentaba en que la validez del control se obtiene en el segundo intento, ya que no se lleva a cabo con un etilómetro portátil sino con un aparato homologado que se encuentra ubicado en el interior de una furgoneta de atestados. Al no realizar aquella segunda prueba, el conductor tendrá que asumir que su vehículo quedará inmovilizado y que se iniciará contra él un procedimiento sancionador que, en determinados caso, puede tener incluso consecuencias penales. Pero lo lógico sería que la sanción se anulase en sede judicial por defectos de forma (al no realizarse la prueba con un alcoholimetro homologado).
Cuando todos pensábamos que habíamos descubierto la panacea para librarnos de una multa, en el caso de que nos pillasen conduciendo bajo los efectos del alcohol, el profesor aclaró que aquello no era más que una opinión doctrinal, que nunca había sido aceptada en ningún tribunal. Con lo que terminó recomendándonos que nunca condujésemos si habíamos bebido, aunque solo hubiésemos consumido un par de cervezas, para no acabar como Raúl Cimas.
Como cada cuerpo es distinto y no todo el mundo metaboliza del mismo modo el alcohol, lo más razonable es no utilizar el coche después de haber bebido, o hacerse con un alcoholimetro portátil que nos permitirá conocer si estamos en condiciones de conducir o no.
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